Un ERE no es un despido común; es un proceso que afecta a gran parte…
Reclamación de Cantidad: ¿Qué hacer si su Empresa le Debe Dinero?
Es una situación común, y muy frustrante: usted ha cumplido con su trabajo, pero la empresa no cumple con su obligación de pagar. Las deudas pueden ser por salarios no abonados, pagas extra, vacaciones no disfrutadas, horas extraordinarias o liquidaciones pendientes. En Echevarría Abogados, le explicamos el proceso legal para iniciar una reclamación de cantidad y recuperar el dinero que le pertenece.
El Primer Paso: Recopilación de Documentos y Plazos
1. Documentación Necesaria
- Contrato de trabajo.
- Nóminas pendientes de pago.
- Hoja de registro de jornada (especialmente útil para reclamar horas extras).
- Convenio colectivo aplicable.
- Carta de despido o documentos de fin de contrato (si aplica).
- Cualquier comunicación que pruebe el reconocimiento de la deuda por parte de la empresa.
2. Plazo de Prescripción: ¡Actúe Rápido!
El plazo para reclamar judicialmente las deudas salariales es de un año desde el momento en que la cantidad pudo ser reclamada. Una vez transcurrido este año, el derecho prescribe y ya no podrá reclamar. Por ello, la rapidez en la actuación es crucial.
Fases de la Reclamación de Cantidad
El proceso de reclamación consta de dos fases principales: la vía extrajudicial (Conciliación) y la vía judicial.
Fase 1: La Vía Extrajudicial Obligatoria (Papeleta de Conciliación)
Antes de ir a los tribunales, es obligatorio intentar un acuerdo con la empresa a través del Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC) u organismo equivalente autonómico.
- Papeleta de Conciliación: Se presenta un escrito detallando la deuda y la cantidad reclamada. La presentación de esta papeleta interrumpe el plazo de prescripción de un año.
- Acto de Conciliación: Se convoca a las partes a una reunión. Aquí pueden ocurrir tres cosas:
- Con avenencia: Se llega a un acuerdo y la empresa se compromete a pagar. El acta tiene valor de título ejecutivo.
- Sin avenencia: No hay acuerdo. Esto abre la vía judicial.
- Desistimiento/No comparecencia: Si la empresa no comparece, el proceso avanza a la vía judicial y la empresa puede ser sancionada.
Fase 2: La Vía Judicial
Si la conciliación no ha tenido éxito, se presenta la Demanda de Reclamación de Cantidad ante el Juzgado de lo Social.
- Demanda: Redactada por su abogado, debe detallar la relación laboral, el origen de la deuda y la cantidad exacta reclamada.
- Acto de Juicio: Se celebrará un juicio donde ambas partes presentarán sus pruebas y argumentos.
- Sentencia: El juez determinará si la empresa debe pagar la cantidad reclamada y, en su caso, la cuantía. Si la sentencia es favorable, la empresa está obligada a pagar.
- Ejecución de Sentencia: Si la empresa se niega a pagar tras la sentencia, se inicia el proceso de ejecución. Esto puede llevar al embargo de cuentas bancarias o bienes de la empresa hasta cubrir la deuda.
¿Qué Ocurre si la Empresa es Declarada Insolvente?
Si la empresa es declarada insolvente y no puede hacer frente a la deuda, el trabajador no pierde su dinero, sino que puede recurrir al Fondo de Garantía Salarial (FOGASA).
- FOGASA: Organismo público que garantiza a los trabajadores el cobro de salarios e indemnizaciones pendientes de pago debido a la insolvencia de la empresa.
- Límites: FOGASA cubre hasta una cantidad máxima legal establecida.
El Asesoramiento de Echevarría Abogados
En un proceso de reclamación de cantidad, la precisión en el cálculo y la estrategia legal son fundamentales.
- Cálculo Exacto: Determinamos con exactitud la deuda, incluyendo posibles intereses por mora.
- Defensa Estratégica: Le asistimos en el SMAC y le representamos con firmeza ante el Juzgado de lo Social.
Si su empresa le debe dinero, no espere a que prescriba. Contacte con Echevarría Abogados para iniciar su reclamación sin demoras.
